Pasos para hacer trizas la justicia transicional

 

El martes pasado fue noticia el retiro, en medio del abucheo generalizado de diversos sectores políticos y sociales, del proyecto de reforma constitucional que atacaba el corazón del proceso de justicia transicional.

 
Juan Ospina
 
Coordinador de Incidencia Nacional de la Comisión Colombiana de Juristas
 
 

Ha terminado el primer trimestre de funciones del nuevo Congreso y parece ser que los dos proyectos propuestos para hacer trizas la justicia transicional, serán detenidos.

El martes pasado fue noticia el retiro, en medio del abucheo generalizado de diversos sectores políticos y sociales, del proyecto de reforma constitucional que atacaba el corazón del proceso de justicia transicional impidiendo el acceso a la información por parte de los mecanismos del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, como la Comisión de la Verdad (CEV) y la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Sin información ninguna autoridad puede funcionar lo que facilita el ocultamiento de la verdad y la impunidad.

Por su parte, el jueves diversos medios anunciaron el hundimiento del proyecto de reforma constitucional presentado por la senadora Paloma Valencia del partido Centro Democrático, que pretende crear una sala en la JEP y cuatro secciones en el Tribunal para la Paz, bajo condiciones particulares, para conocer de manera exclusiva de las conductas cometidas en el marco del conflicto por parte de los integrantes de la fuerza pública.

Uno de los principios que regiría el funcionamiento de estas nuevas dependencias en la JEP, de acuerdo con el proyecto de ley, sería el siguiente: “Derecho al honor y el buen nombre. Se garantizará el derecho de defender la honra, y por lo tanto los beneficios del sistema incluyendo la libertad no estarán condicionados a la confesión o reconocimiento de la responsabilidad”. Lo anterior, quiere decir que el proceso de justicia transicional que pretende dar estabilidad a la terminación del conflicto y al mismo tiempo atender los derechos a la verdad, justicia, reparación y no repetición de las víctimas, y que ofrece sanciones menores a las ordinarias bajo la condición de los reconocimientos de responsabilidad y verdad de los comparecientes, concedería beneficios penales (libertades condicionales, suspensión de órdenes de captura, entre otros) a los miembros de la fuerza pública sin ninguna retribución de estos.

Adicionalmente, el proyecto incorpora las siguientes condiciones particulares:

- Se crean 17 Magistrados, 5 de ellos suplentes, en 4 secciones del Tribunal para la Paz y en una sala de la JEP, los cuales serían elegidos por el presidente de la República y refrendados por el Congreso. Al menos dos de los tres magistrados de cada nueva dependencia deben ser miembros retirados de la fuerza pública.

- Se crea una Unidad de Investigación y Acusación especial para integrantes de la fuerza pública, cuyo equipo integrando por un coordinador y ocho fiscales sería nombrado por el Fiscal General de la Nación.

- Se establece que las sanciones impuestas se tendrían que cumplir en centros especiales de detención para la fuerza pública.

- Se concede la libertad condicional a los miembros de la fuerza pública –antes, durante o después de someterse a la JEP–, con el cumplimiento de la sexta parte de la pena o al llevar 5 años de cumplimiento de la sanción.

- Se determina la necesidad de contar con abogados que defiendan el “buen nombre de la institución que sea mencionada en los procesos”.

- Se concede la facultad al presidente de la República para reducir por tres veces el número de magistrados de la JEP, debiendo orientar su decisión por el criterio rector de austeridad.

- En caso de conflictos de las Salas y Secciones creadas con otras dependencias de la JEP, se establece que prevalecerá la decisión de la Sala de Definición de Competencias de la fuerza pública.

Dichas condiciones no solo son contrarias al modelo de justicia transicional incorporado en el Acuerdo Final y a la Constitución Política, afectando el eje esencial de respeto, garantía y protección de los derechos humanos, sino que dejaría en la impunidad las conductas cometidas por la fuerza pública lo que pone en manos de la Corte Penal Internacional cumplir con las labores de juzgamiento y sanción.

Si bien algunos medios y senadores celebraron el hundimiento del proyecto desde el punto de vista político, lo cierto es que jurídicamente está vivo mientras pueda ser puesto otra vez en el orden del día y votado la próxima semana. Ya el martes este proyecto dio una sorpresa, pasando del puesto 14 del orden del día a los primeros lugares, y hay que estar atentos a que esto pueda ocurrir nuevamente. También es necesario insistir en la necesidad de aumentar la deliberación de este tipo de propuestas y, en esa medida, convocar a una audiencia pública sobre la iniciativa legislativa. Hasta que no esté archivado no hay que cantar victoria.

Edición 611 – Semana del 26 de octubre al 1º de noviembre de 2018
   
 
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