Venezuela: ¡aún puede haber salida dialogada!

 

Concuerdo con CLACSO en que “El país atraviesa una profunda crisis política, económica y social. Estamos seguros de que la superación de esta crisis no vendrá de la mano de la intervención extranjera, de sanciones económicas o políticas ni de la vulneración del orden institucional, sino de un diálogo inclusivo, plural y democrático que parta del respeto de los derechos humanos y del reconocimiento de los problemas que Venezuela atraviesa”.

 
Luis I. Sandoval M.1
 
@luisisandoval
 
 

Cumbre del 7 de febrero en Montevideo por iniciativa de México y Uruguay.

Aún es posible –primeros días de febrero– un efectivo y rápido proceso de diálogo que logre una salida concertada a la crisis venezolana. Elecciones generales deben darse por acuerdo no por ultimátum. Pero ello solo ocurrirá partiendo de realidades, con mediaciones viables y diálogos creíbles, respetando tanto la autodeterminación como los derechos humanos… ¡El Papa Francisco, con su mensaje La buena política está al servicio de la paz del 1° de enero a la mano, tiene un papel definitivo que cumplir!

El pasado jueves 7 de febrero se realizó en Montevideo una Cumbre por convocatoria de México y Uruguay para propiciar al más alto nivel la salida dialogada a la crisis venezolana. Gobiernos, partidos, movimientos, líderes parlamentarios fueron invitados a ella. “Creemos profundamente que tenemos que crear un espacio para la política y la diplomacia para responder al importante desafío al que se enfrenta Venezuela”, expresó el canciller mexicano Juan José Gómez Camacho.

De lo primero que hay que percatarse es de que la dolorosa crisis humanitaria del vecino país se está afrontando con un repugnante asedio ilegal e inhumano. Inaceptable el giro autoritario del régimen de Maduro y el deterioro extremo de las condiciones de vida de la gente que producen el éxodo masivo, inaceptable el curso intervencionista de las maniqueas democracias occidentales que exhiben protuberantes rupturas políticas y escandalosas violaciones a los derechos humanos. Ni Trump, ni Macron, ni Pedro Sánchez, ni Duque tienen autoridad política y menos moral para exigir nada a Nicolás Maduro.

Dureza política, xenofobia, muros, alambradas de egoísmo y represión contraria al ejercicio de libertades fundamentales aparecen por doquier. Todo ello repugna a la conciencia humanista y democrática de los pueblos.

Concuerdo con CLACSO en que “El país atraviesa una profunda crisis política, económica y social. Estamos seguros de que la superación de esta crisis no vendrá de la mano de la intervención extranjera, de sanciones económicas o políticas ni de la vulneración del orden institucional, sino de un diálogo inclusivo, plural y democrático que parta del respeto de los derechos humanos y del reconocimiento de los problemas que Venezuela atraviesa” (24 enero).

¿Justifica la existencia de una crisis humanitaria en un país la “intervención militar humanitaria” de otros países? ¿En qué quedan la soberanía y autodeterminación? Aquí sí que hay tela que cortar debido a hechos y teorías de ayer y de hoy.

Lo que pensaba Thomas Jefferson en 1792 frente a la revolución francesa (cambio de régimen), y lo que pensaba Genaro Estrada, Canciller de México en 1930 fue lo que quedó consignado en la Convención sobre Deberes y Derechos de los Estados, en 1933, recogido luego en la Carta de la OEA, en 1948 (Bogotá), que dispone, en su artículo 3: “Todo Estado tiene derecho a elegir, sin injerencias externas, su sistema político, económico y social, y a organizarse en la forma que más le convenga, y tiene el deber de no intervenir en los asuntos de otro Estado”.

Mayor justeza y claridad imposible, pero no es esa doctrina y menos ese comportamiento el que se ha mantenido y el que hoy prevalece. Con el tiempo han surgido el “reconocimiento” de gobiernos y presidentes, la “defensa” de la democracia representativa (Carta Interamericana) y la “intervención militar humanitaria”, que constituyen una malévola porosidad del clásico principio de autodeterminación y no intervención, aunque eufemísticamente dicen respetarlo.

Eso del reconocimiento de gobiernos es una figura netamente latinoamericana surgida en la frecuencia de golpes de Estado en la región en tiempos pasados, pero tanto el Comité Jurídico Internacional CJI en 1946, como la Corte Internacional de Justicia CIJ en 1986, han conceptuado que el reconocimiento prematuro y arbitrario de gobiernos de facto constituyen “un acto de intervención en los asuntos internos de un Estado” (Augusto Zamora, Público, 29 enero).

No tiene fundamento en el derecho internacional el reconocimiento que Estados Unidos y otros gobiernos europeos y latinoamericanos han hecho de la presidencia de Juan Guaidó. Autoproclamarse presidente ante un grupo entusiasta de ciudadanos en la calle, o en cualquier otro sitio, nada tiene que ver con el ejercicio genuino de la democracia. Ninguno de los tres artículos de la Constitución vigente de Venezuela que se arguyen –233, 333 ,350– autoriza al presidente de la Asamblea Nacional, o cualquiera otro de sus integrantes para asumir la Presidencia de la República por su propia iniciativa.

Importante tomar en cuenta que, sea por esta o por otras razones, el Secretario General de Naciones Unidas, António Guterres, continúa reconociendo a Nicolás Maduro como el Presidente legítimo de Venezuela, así lo hizo saber el 31 de enero en respuesta a carta que Guaidó le había dirigido el 26: “Las Naciones Unidas están listas para aumentar sus actividades humanitarias y de desarrollo en Venezuela (pero para ello la ONU) necesita el consentimiento y la cooperación del Gobierno (presidido por Nicolás Maduro)”, declaró Stéphane Dujarric, portavoz del secretario general de las Naciones Unidas (ONU), António Guterres, el 1° de febrero.La ONU no se sumará a ninguna de las iniciativas de diversos países y mantiene su oferta de mediación y buenos oficios.

Tampoco a la luz de la Carta Democrática Interamericana (Lima, 2001) se puede pretender una cobertura legal para el asedio montado contra Venezuela. La Carta pugna por defender la democracia representativa en la vida de todos los Estados miembros de la OEA, pero ante situaciones de conmoción interna y de riesgo para su institucionalidad democrática lo máximo que autoriza es exclusión de actividades y aún expulsión de su seno del Estado afectado por la situación referida y, en todo momento, recomienda recurrir a buenos oficios y medios diplomáticos. Ello queda muy bien ilustrado en el Capítulo IV: Fortalecimiento y Preservación de la Institucionalidad Democrática, Artículos 17 a 22.

La injerencia o intervención humanitaria aparece en el Nuevo Concepto Estratégico de la OTAN (1999), pero no en documentos oficiales adoptados por Naciones Unidas. Es un concepto y una práctica en vía de experimentación que tiene por igual partidarios y adversarios. “La intervención humanitaria se define como la acción coercitiva, incluida la utilización de la fuerza armada, que emprenden determinados Estados en otro Estado sin el consentimiento del gobierno de éste, con o sin la autorización del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, con el fin de prevenir o de poner fin a violaciones graves y masivas de los derechos humanos o del derecho internacional humanitario” (Humanitarian Intervention, Legal and Political Aspects, Danish Institute of International Affairs, 1999, p. 11).

La intervención humanitaria, así entendida, no puede confundirse con la acción humanitaria, ni con la acción por la paz, adelantada por organizaciones de sociedad civil, por Estados o por organismos internacionales. En estas últimas situaciones no se contempla el uso de la fuerza armada.

Intervenir en el territorio y en la población de un Estado soberano por la fuerza, sin el consentimiento de éste, con la supuesta buena intención de favorecer a las víctimas de acciones y omisiones de tal Estado, puede constituir violación flagrante del principio de no intervención y conlleva el riesgo de ocasionar un mal mayor aún que él existente. El riesgo de manipulación también es inmenso porque tras la apariencia de intervención humanitaria, decidida unilateralmente por un Estado o grupo de Estados, pueden esconderse intereses inconfesables de orden político y económico.

Se configuraría en ese caso el crimen de agresión recientemente tipificado por la Corte Penal Internacional (11 de junio de 2010, Resolución RC/Res.6, 8 bis): "una persona comete un “crimen de agresión” cuando, estando en condiciones de controlar o dirigir efectivamente la acción política o militar de un Estado, dicha persona planifica, prepara, inicia o realiza un acto de agresión que por sus características, gravedad y escala constituya una violación manifiesta de la Carta de las Naciones Unidas".

Así mismo, dice que "por “acto de agresión” se entenderá el uso de la fuerza armada por un Estado contra la soberanía, la integridad territorial o la independencia política de otro Estado, o en cualquier otra forma incompatible con la Carta de las Naciones Unidas. De conformidad con la resolución 3314 (XXIX) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 14 de diciembre de 1974, cualquiera de los actos siguientes, independientemente de que haya o no declaración de guerra, se caracterizará como acto de agresión:" y enumera una serie de siete tipos de actos que constituyen la figura penal en referencia:

- La invasión de un Estado por otro;

- El ataque (por fuera de lo establecido en el Art. 51 de la Carta de la ONU) de fuerzas armadas de un Estado contra otras de otro Estado o contra la población civil de éste;

- Toda ocupación militar que derive de los actos anteriores y que implique el uso de la fuerza;

- El bombardeo;

- El bloqueo de puertos o de costas de un Estado;

- La utilización de las fuerzas armadas de un Estado que ese encuentren en un Estado extranjero con acuerdo de este pero que exceda las condiciones pactadas entre ambos Estados incluyendo toda prolongación de la presencia en el territorio extranjero de fuerzas militares de un Estado foráneo;

- La disposición de un territorio propio de un Estado para que otro Estado pueda agredir a un tercero;

- O el envío por parte de un Estado de grupos irregulares (generalmente denominados “paramilitares”) o mercenarios que lleven a cabo actos armados contra otro Estado”.

Los Estados Unidos, con el triste papel lacayo de la OEA y en particular de los nuevos gobiernos de derecha en América Latina: Argentina, Perú, Brasil y sobre todo Colombia, ha logrado montar el asedio ilegal e inhumano que estamos viendo. Todas las medidas que se están tomando agravan la situación del pueblo venezolano, tras el lenguaje humanitario se esconde la voracidad de estados y multinacionales por el petróleo y demás recursos naturales que Venezuela posee en abundancia, especialmente en el denominado Arco Minero del Orinoco.

La salida dialogada y democrática, respetuosa de la autodeterminación de Venezuela, que proponen México y Uruguay, que apoyan Bolivia, Costa Rica, Ecuador y países europeos y que también el Secretario General de Naciones Unidas sigue propiciando, podría abrirse camino si Rusia y China hacen valer su fuerza de negociación en el Consejo de Seguridad de la ONU y fuera de él.

Colombia dice de manera reiterada no prestarse a la aventura militarista, pero está vergonzosamente embarcada en el asedio ilegal e inhumano contra el vecino país, que puede llevar precisamente a ese desenlace. Irresponsable jugar con fuego en situación tan delicada. “Cañando, cañando, la guerra va llegando”, advirtió Humberto de la Calle hace pocos días en El Espectador.

Es posible evitar un mayor desastre, la intervención militar abierta en Venezuela no es solución, la salida es el diálogo interno con amplio respaldo y compromiso internacional. La cita con este propósito fue el 7 de febrero en Montevideo.

1 Presidente Colegiado de la Red de Iniciativas por la Paz – Redepaz, Coordinador del Centro de Estudios Democracia HOY, Integrante del Consejo Nacional de Paz, columnista de El Espectador.

Edición 623 – Semana del 15 al 21 de febrero de 2019
   
 
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