Los retos de la planeación local y el presupuesto participativo en la implementación del Acuerdo Final
Ricardo Jaramillo Rincón
Asesor de la Estrategia de Lobbying y Presión Política, Corporación Viva la Ciudadanía
Secretaría Técnica de la Red Nacional de Planeación Local y Presupuesto Participativo
Hay al menos tres niveles en los cuales la planeación participativa aparece en el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera (AF): como disposiciones específicas para la formulación e implementación de una política para el fortalecimiento de la planeación democrática y participativa (numeral 2.2.6.); como enfoque para el diseño y puesta en marcha de dispositivos de paz territorial como: los Planes de Acción para la Transformación Regional, Programas de Desarrollo Especial con Enfoque Territorial (PDET) y los Planes Integrales Municipales y Comunitarios de Sustitución y Desarrollo Alternativo, además del componente participativo de los Planes para la Reforma Rural Integral[1] y como entrada para la construcción de paz territorial. En este artículo se presentan algunas propuestas en relación con estos asuntos.
En relación con el primer asunto, la planeación local participativa es un elemento transversal en el AF. Desde su Introducción, el texto señala:
“La participación ciudadana es el fundamento de todos los acuerdos que constituyen el Acuerdo Final. Participación en general de la sociedad en la construcción de la paz y participación en particular en la planeación, la ejecución y el seguimiento a los planes y programas en los territorios, que es además una garantía de transparencia” [p.7, cursiva fuera de texto].
El numeral 2.2.6. del Acuerdo plantea de manera específica cinco de los temas sobre los cuales se requiere avanzar para promover esa participación en la planeación:
- Revisión de las funciones y la conformación de los Consejos Territoriales de Planeación.
- Prestar asistencia técnica a las autoridades municipales y departamentales que lo requieran para la formulación participativa de distintas herramientas de planeación.
- Revisión integral y participativa del sistema de participación en los procesos de planeación;
- Fortalecer los diseños institucionales y la metodología con el fin de facilitar la participación ciudadana y asegurar su efectividad en la formulación de políticas públicas sociales.
- Fortalecer y promover la construcción de presupuestos participativos sensibles al género y los derechos de las mujeres en el nivel local.
La mayoría de estos temas se encuentran definidos en la Ley 152 de 1994 por lo que una de las rutas de acción en la implementación normativa del AF en esta materia consiste en promover una reforma de esta ley[2]. La modificación de la Ley 152 de 1994 deberá contemplar al menos los siguientes temas:
Puesta al día de los enfoques para la planeación: Los principios consagrados en la Ley 152 de 1994 deben actualizarse a la luz de los desarrollos políticos, jurídicos y conceptuales de los últimos 23 años en materia de enfoque basado en derechos humanos, enfoque de género, enfoque diferencial, enfoque territorial y participación ciudadana.
Democratización y fortalecimiento del Consejo Nacional de Planeación y de los consejos territoriales de planeación: es necesario ampliar la composición de estos consejos, democratizar y promover la transparencia en los procesos de elección de consejeros y consejeras, de manera que sean escogidos por las organizaciones y movimientos sociales y no designados por parte de las autoridades ejecutivas de cada nivel territorial y, de manera especial, la promoción de la paridad en la representación entre mujeres y hombres y la formulación de medidas para democratizar la carga del cuidado en las mujeres para el fomento de su participación. También se deben generar mecanismos para que estos consejos funcionen de manera permanente y para que los conceptos e informes que emiten sean considerados efectivamente por las autoridades y conocidos por la ciudadanía en general. Este proceso está estrechamente relacionado con la necesidad de avanzar en la promulgación de una Ley Estatutaria de garantías para la participación de organizaciones, movimientos sociales para la movilización y la protesta social, para lo cual se adelantó una amplia deliberación ciudadana como estaba establecido en el AF[3], pero que no fue presentado por el Gobierno Nacional durante la pasada legislatura.
Sistema Nacional de Planeación: La Ley 152 de 1994 no desarrolló el inciso final del artículo 340 de la Constitución Política, según el cual el Consejo Nacional y los consejos territoriales de planeación constituyen el Sistema Nacional de Planeación, en la medida en que no estableció la estructura, los mecanismos de articulación ni las formas de funcionamiento del Sistema por lo que se requiere incluir en la reforma de esta ley la estructura del sistema, su conformación, objetivo, funciones, fuentes de recursos y formas de articulación con otras instancias de planeación participativa y de participación ciudadana.
Presupuestos participativos: El presupuesto participativo es un proceso principalmente local aunque se encuentra recogido en normas nacionales como la Ley 1551 de 2012 “Por la cual se dictan normas para modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios” (artículo 40) y la Ley 1757 de 2015 “Por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática” (artículos 90 a 93 y artículo 100). Dada su estrecha relación con la planeación participativa se requiere incluir en esta reforma disposiciones que incentiven la realización de estos ejercicios, la inclusión del enfoque de género de manera determinante en su realización y la posibilidad de adelantar presupuesto participativo con recursos del nivel nacional como se está realizando en la actualidad en países como Portugal[4].
[1]El AF contempla trece (13) planes para la Reforma Rural Integral: Plan Nacional de Vías Terciarias; Plan Nacional de Riego y Drenaje para la economía campesina, familiar y comunitaria; Plan Nacional de Electrificación Rural; Plan Nacional de Conectividad Rural; Plan Nacional de Salud Rural; Plan Especial de Educación Rural; Plan Nacional de Construcción y Mejoramiento de la Vivienda Social Rural; Plan Nacional de fomento a la economía solidaria y cooperativa rural; Plan Nacional de asistencia integral técnica, tecnológica y de impulso a la investigación; Plan para apoyar y consolidar la generación de ingresos de la economía campesina, familiar y comunitaria, y de los medianos productores y productoras con menores ingresos; Plan Nacional para la promoción de la comercialización de la producción de la economía campesina, familiar y comunitaria; Plan progresivo de protección social y de garantía de derechos de los trabajadores y trabajadoras rurales; Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito.
[2] Se trata de un asunto prioritario ya que está dentro del calendario de implementación normativa definido en el numeral 6.1.10 del AF, literal j)
[3]La descripción metodológica del Espacio nacional de participación para la formulación de lineamientos para un proyecto de ley de garantías de promoción de la participación ciudadana y garantías para el ejercicio del derecho a la movilización y protesta social, organizado por el Consejo Nacional de Participación Ciudadana con el apoyo del CINEO, Foro Nacional por Colombia y Viva la Ciudadanía, las matrices con la información de las deliberaciones regionales y sectoriales y los productos finales de este espacio se encuentran disponibles en la página http://participando.co/.
[4]La información sobre el proceso deOrçamento Participativo en Portugal está disponible en la página https://opp.gov.pt/.