Comisión de Seguimiento a las Políticas Públicas sobre Desplazamiento Forzado en Colombia
Desplazamiento forzado
Los desplazados son el grupo social más vulnerable entre los vulnerables
La comisión de seguimiento a la política pública sobre desplazamiento forzado realizó el pasado viernes 24 de abril, en las instalaciones de la Conferencia Episcopal de Colombia, la presentación pública del décimo primer informe Cuantificación y valoración de las tierras y los bienes abandonados o despojados a la población desplazada en Colombia; que ya fue entregado y puesto en conocimiento a la Honorable Corte Constitucional.
Luís Jorge Garay, director del equipo de verificación de la sentencia T025 de 2004, y miembro de la secretaría técnica de la Comisión de Seguimiento, expuso varios hallazgos y resultados de dicha investigación:
El 22 de enero de 2004, la Corte Constitucional profirió la sentencia de tutela T-025, a través de la cual declaró la existencia de un Estado de Cosas Inconstitucionales (ECI) ante la grave vulneración de derechos de millones de colombianos y colombianas víctimas del desplazamiento forzado y la profunda distancia entre los derechos consignados en la Ley 387 de 1997 y los recursos financieros e institucionales de la política pública destinada a atender esta crisis humanitaria. Esta decisión se produjo como respuesta a la creciente capacidad organizativa de la población desplazada y luego de que miles de personas desplazadas interpusieran recursos de tutela ante la justicia colombiana, para reclamar el acceso efectivo a sus derechos. La sentencia ordena la atención de los derechos básicos de todas las personas desplazadas y establece un proceso de seguimiento en el que participan tanto el gobierno nacional, los organismos de control, las agencias humanitarias de la comunidad internacional, las organizaciones de población desplazada y las organizaciones de derechos humanos.